viernes 7 de septiembre de 2007

LEGISLACIÓN CAMBIANTE EN CUBA

por Mario Enrique Mayo Hernández*

Dicen los experimentados y las voces autorizadas en materia de leyes que la riqueza y la variedad constantemente cambiante de la vida no puede subsumirse toda ella en una ley, razón por la que hay que aplicar términos generales y abiertos a la hora de legislar, tratando de plasmar elementos a la misma con un carácter de durabilidad en el tiempo, requisito importante de la ley, pues todos los días no se puede estar votando una disposición jurídica distinta, toda vez que le restaría seriedad y respeto; sería algo así como “lo que dije ayer no es lo que digo hoy”, creándose una confusión terrible, con la preocupación de acostarse con una disposición vigente y amanecer mañana con otra que deroga o modifica la anterior.

En mi opinión, esta legislación cambiante la encontramos en Cuba en materia de vivienda y en materia laboral. En cuanto a la primera, se han sucedido, una tras otra, normativas referidas al régimen de cuartos o habitaciones, al régimen de permutas, a la construcción por esfuerzo propio y al arrendamiento de viviendas, entre otras cuestiones. En materia laboral, tenemos un arsenal de disposiciones.

Admito que la realidad se transforma y aparecen fenómenos que necesitan ser regulados legalmente. Esto es obvio y comprensible. Pero en el fondo de todo fenómeno también hay una causa del problema que, si no se elimina, continuará ofreciendo los mismos efectos.

Ejemplo: Si una persona tiene necesidad de fabricar o ampliar su vivienda porque su núcleo familiar aumentó y el Estado no puede facilitarle los materiales para ello, es la propia necesidad la que obliga a este ciudadano a comprar dichos materiales en el mercado subterráneo, independientemente de que esté prohibido por una ley; y por mucho que se cambie esa ley, y por mucho que aumente la pena o castigo —ya sea multa o cualquier otro—, se seguirá violando lo establecido, porque no se ha eliminado la causa de la violación, que es la verdadera causa del problema. Así se podrían mencionar múltiples situaciones en diferentes esferas de la vida.

Quiero decir, en síntesis, que la legislación cambiante en muchos casos es síntoma de la impotencia para resolver los asuntos y no constituye en modo alguno la solución de los problemas; y mientras subsistan las necesidades más elementales del hombre sin resolver, subsistirán las violaciones de la ley.

Elimínense las causas y desaparecerán los efectos.
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* Mario Enrique Mayo Hernández: Camagüeyano. Graduado en 1987 de Licenciado en Derecho en la Universidad de Camagüey. Ha trabajado en la Delegación Provincial de los Bufetes Colectivos y en asesorías jurídicas. Periodista independiente. Miembro de la Corriente Agramontista y del glorioso Grupo de los 75. Actualmente se encuentra en libertad bajo licencia extrapenal. Reside en la ciudad de Camagüey.